El Ministerio de Industria ha publicado una modificación de la normativa de certificación energética de los edificios en Real Decreto 56/2016. La publicación responde a la incorporación de la Directiva Europea sobre la Eficiencia Energética de los Edificios (2010/31) en España después de 3 años de retraso. Se reforma el anterior Real Decreto 235/2013 por presiones de la Comisión Europea que abrió un expediente el pasado febrero a España y que advirtió sobre una posible demanda en los tribunales.

La Comisión Europea exigía que se definiera lo que la legislación española entiende por Edificio de consumo de energía casi nulo, sus normas y su aplicación en el tiempo. Todos los inmuebles construidos a partir de 2021 deberían ser de consumo energético casi nulo y éste debe cubrirse sobre todo con renovables producida in situ o en el entorno. La reforma impulsada por Industria pretende establecer las normas de las auditorías energéticas y su aplicación en el tiempo. Sin embargo, el Real Decreto sigue sin incluir los planes nacionales de fomento que se exigían desde Europa y las excepciones se han modificado ligeramente, yendo todavía más allá de lo expuesto por la Comisión. Las excepciones se contemplan para edificios de culto, provisionales, los menores de 50 metros cuadrados y otros.

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